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CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO

CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS QUE SOLICITEN PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO

  • La razón social, el domicilio fiscal del establecimiento OBLIGATORIAMENTE debe estar en TORREVIEJA.
  • El establecimiento debe desarrollar una actividad encuadrada en los epígrafes que se desarrollan en el anexo IV.
  • Los Comercios no pueden superar los 10 empleados.
  • Establecimientos de hostelería sin limite de empleados.
  • Establecimiento con local fijo y permanente de venta al público, de bienes o servicios, en el término del municipio Torrevieja.
  • Establecimientos no podrán pertenecer a franquicias de nivel nacional ni internacional, no se admitirán franquiciados.
  • Cumplimentar la inscripción correctamente y adjuntar la documentación solicitada.
  • No haber incumplido ninguna de las condiciones de las campañas anteriores de Bono Consumo.
  • Una vez admitida la participación del establecimiento, deberán verificar que los titulares de los bonos que sean canjeados en sus comercios pertenecen a esos usuarios por medio de DNI/NIE.
  • Los establecimientos participantes están obligados a aceptar los bonos sin restricciones ni condiciones, excepto en los artículos marcados debidamente como no disponible en campaña bono consumo.
  • Los establecimientos participantes deben validar los bonos en cualquiera de los formatos permitidos, ya sean impresos o en formato digital.

EL INCUMPLIMIENTO DE UNA DE ESTAS CONDICIONES IMPLICARA LA EXPULSION INMEDIATA DEL ESTABLECIMIENTO DE  LA CAMPAÑA BONO CONSUMO.

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